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Activos

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Las propiedades, planta y equipo son bienes intangibles que tienen por objeto:

a).- El uso de los mismos en beneficio de la empresa.

b).- La producción de artículos para su venta o para el uso de la propia empresa, y

c).- La prestación de servicios por la entidad, a su clientela o al público en general.

La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no de venderlos en el curso normal de las operaciones de la empresa.

Elementos del costo de adquisición:

  • Su precio de adquisición, incluidos los derechos, impuestos y gastos de importación, así como los honorarios profesionales, seguros, almacenaje y demás costos y gastos que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier rebaja o descuento del precio.

Reparación y mantenimiento periódico:

  • Las reparaciones y mantenimiento periódico no deben capitalizarse ya que su efecto es el de conservar un componente en condiciones normales de servicio o uso y, consecuentemente, fueron considerados de manera implícita al estimar originalmente la vida útil del componente. Tales costos deben de reconocerse en resultados conforme se devenguen.

En el caso de herramientas y otro equipo de operación, puede dividirse en:

a).- HERRAMIENTAS DE MÁQUINA.- por lo general son herramientas pesadas, cuya duración es prolongada y son relativamente fáciles de controlar en forma individual.

b).- HERRAMIENTAS DE MANO.- Las cuales son generalmente pequeñas y de corta vida, por lo cual, es difícil llevar un control permanente sobre ellas. Dichas características hacen impráctico someter a depreciación este tipo de herramientas.

c).- EQUIPOS DE OPERACIÓN (Ejemplo: Hoteles, restaurantes y otros análogos) tales como blancos, cristalería y loza, que al igual que las herramientas de mano, se integra por piezas pequeñas, de corta vida y fáciles de perderse o dañarse, por lo cual, es difícil llevar un control permanente sobre ellas.

“El valor neto de un activo fijo, debe de darse  de baja cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición”.

Para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en adelante (LISR), se consideran inversiones:

  1. Activos fijos.- Conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La finalidad de de estos bienes, será la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones.
  2. Gastos diferidos.- Son activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación, mejorar la calidad o aceptación de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un periodo limitado, inferior a la duración de la actividad de la persona moral.
  3. Cargos diferidos.- Son aquellos cuyo beneficio será por un periodo ilimitado que dependerá de la duración de la actividad de la persona moral.

Las inversiones empezarán a deducirse conforme a la LISR, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente.



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