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Despacho Jurídico-Fiscal Contable

Próximo lunes 19 de marzo día de descanso obligatorio

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Son días de descanso obligatorio:

III El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo

Fundamento legal Art.74 LFT

Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición , el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.



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