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馃搶馃攷 Pr贸ximo lunes 4 de febrero 隆隆D铆a Festivo!!

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FUNDAMENTO LEGAL (Ley Federal del Trabajo)

Art铆culo 74. Son d铆as de descanso obligatorio:
II. El primer lunes de febrero en conmemoraci贸n del 5 de febrero;

Si los patrones requieren por raz贸n de sus actividades, del servicio de sus colaboradores.
Los trabajadores quedar谩n obligados a prestar los servicios y tendr谩n derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Art铆culo 75.



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