Declaración anual 2018 Personas Físicas (Sueldos y salarios)
Las personas físicas se encuentran obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril.
Podrán optar por no presentar la declaración anual:
Quienes obtengan ingresos acumulables por sueldos y salarios, cuya suma no exceda de $400,000.00, y
Quienes obtengan ingresos por concepto de intereses que no excedan de $100,000.00.
Es importante conocer, que en caso de optar o estar obligado a presentar la declaración anual, se podrán hacer deducibles los siguientes gastos, además de las deducciones autorizadas permitidas, siempre y cuando su pago se realice mediante cheque nominativo o transferencia electrónica desde cuentas a nombre del contribuyente:
Honorarios médicos , dentales, psicología y nutrición (Prestados por persona con título profesional legalmente expedido),
Gastos hospitalarios.
Gastos de funerales.
Donativos.
Intereses de créditos hipotecarios.
Primas de seguros de gastos médicos .
Transportación escolar.
Aportaciones complementarias para el retiro.
Artículo 150, 151, LISR