Tratándose de Certificados de Sello Digital (CSD) necesario para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales “Facturas”, las autoridades fiscales PODRÁN RESTRINGIR TEMPORALMENTE el uso de los mismos, entre otros cuando:
- Detecten que el contribuyente emisor de comprobantes fiscales no desvirtuó la presunción de la inexistencia de operaciones amparadas en tales comprobantes .
- No acreditaron la efectiva adquisición de los bienes o recepción de los servicios.
- Se trate de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales, y que se encuentran en la LISTA NEGRA DE LA PAGINA DEL SAT.