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Despacho Jurídico-Fiscal Contable

Restricción temporal del Certificado de Sello Digital Art.69-B CFF

ARCHIVADO EN: Fiscal · ETIQUETAS: · Sin Comentarios

Tratándose de Certificados de Sello Digital (CSD) necesario para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales “Facturas”, las autoridades fiscales PODRÁN RESTRINGIR TEMPORALMENTE el uso de los mismos, entre otros cuando:

  • Detecten que el contribuyente emisor  de comprobantes fiscales no desvirtuó la presunción de la inexistencia de operaciones amparadas en tales comprobantes .
  • No acreditaron la efectiva adquisición de los bienes o recepción de los servicios.
  • Se trate de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales, y que se encuentran en la LISTA NEGRA DE LA PAGINA DEL SAT.


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