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Despacho Jurídico-Fiscal Contable

Nuevo esquema de la subcontratación “Outsourcing”

ARCHIVADO EN: Fiscal Laboral · ETIQUETAS: · Sin Comentarios

A finales del mes de abril del presente año, fue publicado el decreto que reformó la Ley federal de trabajo (LFT), la Ley del INFONAVIT (LINFONAVIT), La Ley del Seguro Social (LSS), el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA),  lo comento porque es importante saber la magnitud de los cambios al Outsourcing que se conocía antes de la entrada en vigor del presente decreto.

Lo primero que debemos saber, es que las leyes y código antes mencionado, tienen diferentes fechas para entrar en vigor:

  • LFT a partir del 24 de abril 2021

A partir de esta fecha, quedó prohibida la subcontratación de personal, para darle entrada a la subcontratación: De Servicios Especializados o de Ejecución de Obras Especializadas, así como los nuevos requisitos que deben cumplir para no hacerse acreedor a multas que oscilan entre $22,405.00 hasta la muy comentada multa de hasta $4’481,000.00, cabe hacer mención, que dichas multas le son aplicables a quien realice la subcontratación y a quienes presten el servicio de subcontratación si no cumplen los requisitos establecidos, no solamente al prestador del servicio.

Las modificaciones a estos ordenamientos en lo general se enfocan en:

  1. Hacer responsable solidario a la empresa que contrate los servicios de subcontratación, cuando el prestador de servicios (Outsourcing) no cuente con las autorizaciones correspondientes, ni reúna los requisitos que le permitan al contratante deducir el pago que realice por este concepto.
  2. Tipificar como defraudación fiscal a las empresas que utilicen esquemas simulados de prestación de servicios.
  • STPS Registro de las prestadoras de Subcontratación en el padrón, el plazo

vence el 23 de agosto 2021.

Nuestra recomendación es, que sobre todo aquellas empresas Micro, y pequeña y mediana empresa, pongan atención a los cambios que sufrió la Subcontratación (Outsourcing), y analicen de manera integral (Legal, fiscal, contable y administrativa), su situación como prestador del servicio de outsourcing y como usuario de estos servicios, para que la empresa no sea sujeta a las multas antes mencionadas.



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