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Licencia IMSS a padres con hijo(s) diagnosticados con cancer

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Licencia para padres de familia hijos diagnosticados con cancer por el IMSS

Para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, con hijos de hasta 16 años que hayan sido diagnosticados por el IMSS con cancer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el hijo(a) requiera de descanso médico en los periodos críticos del tratamiento o de hospitalización.

La licencia anterior, únicamente podrá tornarse a petición de parte, ya sea al padre o a madre, en ningún caso se podrá otorgar a ambos padres.

El IMSS podrá expedir a alguno de los padres asegurados , una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento, a fin de que el patrón tenga conocimiento de la licencia.

La licencia expedida por el IMSS , tendrá una vigencia de 1 y hasta 28 días . Podrán expedirse licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de 3 años sin que se excedan 364 días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.

Gozarán de un subsidio económico equivalente al 60% del último salario diario de cotización registrado por el patrón, siempre que el padre que solicite la licencia, haya cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el último período de 12 meses anteriores a la fecha del diagnóstico, o tener por lo menos registradas 52 semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia.

Una vez otorgada la licencia antes mencionada por el IMSS, es obligación de los patrones otorgar las facilidades conducentes a los trabajadores, así mismo dicha suspensión causa suspensión temporal de la obligación de prestar el servicio por parte de los padres trabajadores ala empresa, y también la obligación del patrón de pagar el salario.

LSS 140 Bis, LFT 42 IX , 132 XXIX Bis y 170 Bis.



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