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Despacho Jurídico-Fiscal Contable

Opción para que el CFDI se establezca como método de pago (PUE)

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Solamente se podrá incorporar en el CFDI la clave pago en una sola exhibición (PUE), si se estima que el monto TOTAL del pago se recibirá (Clientes) o se pagará (Proveedores) a mas tardar el último día del mes de calendario en que se expidió el CFDI.

Si el pago no se recibe (Clientes), o no se realiza (Proveedores) el último día del mes, se cancelará el CFDI y se emitirá uno nuevo con la forma de pago “99” por definir y como método de pago la clave pago diferido (PPD).

De modo de que si un CFDI se expide (Cliente), o se recibe (Proveedor) del 01 al 31 de mayo con clave PUE y no se cobra o se paga a mas tardar el último día del mes (31 de mayo), éste deberá cancelarse y emitir otro CFDI con la forma de pago “99” y la clave (PPD).

Este cambio es significativo, pues obliga a las empresas a estar al pendiente y sobre todo seguros de que el pago se hará dentro del mismo mes, también implica dar seguimiento a las facturas de sus clientes, así como de los proveedores a fin de no poner en riesgos la deducción y el acreditamiento.
Fundamento Regla 2.7.1.44 RMF2019



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